
Ya rige la norma que fue sancionada este mes: ahora no será requisito obligatorio declarar la supervivencia para el cobro de haberes y demás beneficios jubilatorios.
Es la Ley 27.705 de "Plan de Pago de Deuda Previsional", que se sancionó el 28 de febrero último en el Congreso. Ahora unas 800 mil personas accederán ala jubilación.
Noticias 14/03/2023 Por Gerardo ChorenEl Gobierno promulgó la ley de moratoria previsional que, según estimaciones oficiales, beneficiará a unas 800.000 personas que cumplieron la edad jubilatoria pero no tienen los 30 años de aportes requeridos.
Se trata de la Ley 27.705, que aprueba el "Plan de Pago de Deuda Previsional", que fue sancionada recientemente por el Congreso y que ahora comenzó a regir tras su publicación, este martes, en el Boletín Oficial.
La promulgación llega horas después de que un comunicado de La Cámpora expresara que el 28 de febrero "logramos la aprobación de la ley que beneficiará a 800.000 argentinos. Esperemos que el Presidente, que solicitó el tratamiento del proyecto en extraordinarias, ahora la promulgue".
Además, la agrupación kirchnerista apuntó contra el FMI, al señalar que "el mismo organismo que decidió dar el préstamo más grande de su historia en tan corto tiempo habla de una ley de moratoria 'imprevista' de pensiones para asegurar los objetivos fiscales. Pues bien, ¿qué significa 'imprevisto' para la titular del Fondo y sus caros técnicos?".
El pago de deuda previsional está dirigido a personas que, pese a haber cumplido la edad jubilatoria, no llegaron a pagar los 30 años de aportes que dicta la ley 24.241; incluye a mujeres de entre 50 y 59 años y hombres de entre 55 y 64 años, quienes todavía no tienen la edad límite pero ya saben que no llegarán a esa cantidad de años de aportes.
Según la ley, el primer grupo de beneficiarios son quienes ya cumplieron la edad jubilatoria y podrán regularizar las deudas de aportes anteriores a diciembre de 2008; los pagos serán descontados automáticamente de la jubilación que percibirán mensualmente.
Quienes estén a menos de diez años de cumplir la edad jubilatoria, podrán regularizar pagos pendientes anteriores al 31 de marzo de 2012. El aporte se calculará por una Unidad de Pago de Deuda Previsional (UPDP) y el monto por cada mes adeudado es igual al 29% de la remuneración mínima imponible, que equivale a unos $5.730 a marzo de este año.
La deuda total se puede cancelar en cuotas, con un mínimo de dos y un máximo de 120, de acuerdo con la cantidad de años que se quieran pagar. El valor de la cuota se irá ajustando según la movilidad jubilatoria, en forma trimestral.
De los 7,2 millones de jubilados que hay en la Argentina, la mitad obtuvo su haber previsional a través de leyes de moratoria, según indicó la ANSeS. Ese organismo puntualizó que solo una de cada diez mujeres y tres de cada diez varones alcanzan la edad jubilatoria con 30 años de aportes; en promedio, los trabajadores registrados cuentan con apenas entre 14 y 17 años de aportes.
NA - HORACERO
Ya rige la norma que fue sancionada este mes: ahora no será requisito obligatorio declarar la supervivencia para el cobro de haberes y demás beneficios jubilatorios.
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