
En las efemérides de hoy, figura el Día Internacional del Orgullo o Día Internacional del Orgullo LGBT y otras variantes de la sigla, es un día que se celebra mundialmente.
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Militantes feministas se sumaron a la protesta que se dio en Norteamérica por la decisión de la Corte Suprema de derogar el derecho al aborto, que era legal desde 1973.
Ante la negativa de Boris Johnson, Alberto Fernández le recordó al británico las resoluciones de Naciones Unidas que llaman al Reino Unido a sentarse a dialogar.
La Justicia rechazó la cautelar presentada por el ex futbolista, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario, para ayudar a quienes están pasando hambre.
Noticias 22 de diciembre de 2021 RedacciónEl juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia de Covid-19.
"Cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible", sostiene el fallo que rechaza la presentación de Tevez.
Además, la resolución indica que cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública “es menester demostrar prima facie la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible”.
En tanto la presentación, que realizaron con anterioridad los abogados de Tevez sostenía que "el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".
Cabe recordar que la ley 27.605 hace efectivo el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos. Esa tasa se eleva al 2,25% en casos de bienes por entre 300 y 400 millones de pesos, al 2,50% entre 400 y 600 millones y al 2,75% cuando sea de 600 a 800 millones. La tasa sube al 3% cuando los patrimonios oscilan entre 800 millones y 1.500 millones; al 3,25% para el rango de 1.500 a 3.000 millones de pesos, y a partir de esa cifra es del 3,5%.
El País / HORACERO
Ocurrió en la localidad de Rafael Calzada, provincia de Buenos Aires, tras cometer el hecho el hombre llamó al 911 y confesó el femicidio, diciendo que se "lo pidió el diablo".
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